Normas de conducta
Una norma es un mandato o regla de conducta que prevé una sanción para el caso de incumplimiento. Establecen una regla de conducta, es decir nos ordenan actuar de determinada manera. Las normas están formadas por dos partes: Precepto y Sanción.
PRECEPTO + SANCIÓN = NORMAS
El precepto es la situación, lo que debemos o no debemos hacer, y la sanción es la consecuencia prevista en la norma ante su incumplimiento; a) puede tratarse de sanciones positivas; por ejemplo, “a los buenos pagadores de la contribución inmobiliaria se les descuenta el 10 % del impuesto en el presente año”, o de sanciones negativas, que pueden consistir en una multa, rechazo social, un remordimiento.
Tipos de normas de conducta:
Norma moral: pautas que regulan la conducta de las personas y también los pensamientos, orientados por un criterio de lo justo o injusto, bueno o malo. Está por tanto ligada al dominio interior de cada persona, a sus convicciones personales.Son unilaterales, ya que sólo establecen deberes de comportarse moralmente, y no el derecho a exigirlo de otra persona. La norma moral nace del mismo individuo (autonomía), que por sus convicciones se siente obligado a actuar de determinada manera. La acción cumplida de acuerdo a la moral es valorada internamente, en el fuero íntimo.
La finalidad de estas normas es la perfección individual, que el ser humano sea mejor persona.
Norma religiosa: tiene su origen en una divinidad y es este quien las impone al hombre. su finalidad es la perfección espiritual del individuo a través de la creencia en un ser superior.
A diferencia de otras normas, las religiosas no se imponen ni existe castigo terrenal concreto si no se las cumple , sólo dependen de la convicción y la creencia en Dios o dioses.
Las conductas permitidas, exigidas y prohibidas por las normas religiosas están escritas o señaladas por Dios.
Norma social: regulan la cortesía, las buenas costumbres en una sociedad determinada. Su finalidad es lograr una convivencia pacífica, no son impuestas por el Estado sino por la sociedad. las sanciones en caso de incumplimiento serán crítica social, burla.
Norma jurídica: Son reglas de comportamiento , que determinan un mandato, creando derechos y deberes correlativos, incluso pueden hacerse cumplir por la fuerza. A diferencia del resto de las normas, las jurídicas surgen de lo órganos del Estado a través de los procesos de elaboración preestablecidos.
Características de la norma jurídica:
Generalidad: la norma jurídica se dirige a un número indeterminado de personas, que pueden ser desde todos los habitantes del Estado, o a una categoría de personas.
Bilateralidad: significa que cada vez que la norma establece deberes para algunos, también establece derechos para otros.
Imperatividad: la norma jurídica es una orden, no sugiere ni aconseja, ordena.
Coercibilidad: es la posibilidad de imponer por la fuerza la norma jurídica cuando es la persona se resiste a cumplirla voluntariamente. Es una amenaza ante el incumplimiento de la norma por la fuerza. De manera que la estructura de la norma jurídica está formada por un mandato de realizar determinada conducta, y la consecuencia que sufrirá quien la incumpliere.
Exteriorodad: rige la actividad externa de las personas.
Heterónoma: la norma es impuesta a las personas desde afuera, no surge del propio sujeto. (No son Autónomas, pues estas surgen del convencimiento de la propia persona, como no decir mentiras)
Educación Social y Cívica (adaptado al programa de la asignatura) Reformulación 2006. Mónica Bottero, Laura Escdoto, Sara Goncálvez.
Con todo derecho. Carlos cabral, Rosa Garrido, Daniela Savatovich
Con todo derecho. Carlos cabral, Rosa Garrido, Daniela Savatovich